
Luego de la revolución del 52, se aprobó un sistema de seguridad social basado en el aporte tripartito para garantizar una jubilación digna. Este aporte consistía no solo en los aportes directos de los trabajadores sino también del empresariado y el Estado. Aunque en sus postulados implicaba una renta básica universal, los diversos gobiernos evadieron esta responsabilidad en particular con los trabajadores del campo. Las características del Código de seguridad social era: Edad para jubilarse 55 años sobre la base de 15 años de aportes acumulados. En este sistema, más conocido como régimen de reparto, el aporte patronal y estatal oscilo entre un 10% respectivamente y en algunos momentos bordeo hasta el 20%.
Como parte de la ofensiva neoliberal tendiente a bajar costos a los empresarios así como lograr que el Estado se desentienda de su responsabilidad social, se aplico en el gobierno de Sánchez de Losada en 1996 la Ley 1732, que terminaba con el régimen tripartito e inauguraba el régimen de seguridad social basado en la capitalización individual. Con esta ley, el estado no aporta, los patrones tampoco. El único aporte patronal es el que tiene que ver con el seguro para riesgos comunes y laborales de 1,71%. La edad para jubilarse con la aplicación de esta ley subió a 65 años, cuando la esperanza de vida en Bolivia apenas llega a los 64 años.
El sistema que propone el gobierno es en realidad una ligera modificación del sistema de capitalización individual, tendiente a mejorar las rentas más bajas mediante la creación de un fondo solidario. Este fondo solidario estaría financiado con un aporte patronal indirecto del 3% y una recarga a los salarios superiores a los 13000 bolivianos, que ocupan como máximo el 2% de todos los aportantes, mientras que los trabajadores con menos de ese salario, el 98%, deberán aumentar un 0,5%. Entre los costos del sistema propuesto por el MAS, está el aumento de un 4% destinado a garantizar una renta mínima de la esposa o esposo si este no trabaja.
En este nuevo proyecto de ley el techo a cobrar como renta es el 70%, si es que el trabajador tiene una densidad de aportes de 30 años, sino la renta baja. En el nuevo proyecto uno puede jubilarse luego de 10 años de aportes, con la renta mínima (647 B$), por lo tanto, cuando los spots televisivos y radiales hacen referencia a la gran conquista que significaría poder jubilarse a los 58 años, o 51 en el caso de los mineros, sencillamente mienten, ya que ocultan que la verdadera importancia está en la densidad de aportes y no en la edad.
¿Hay algún cambio en el proyecto gubernamental?
Si lo hay. Por un lado mientras, se intenta mantener la Ley de Sánchez de Losada basada en la capitalización individual, subir mediante el fondo solidario las rentas bajas, sin significar por ello que tendremos rentas dignas. Así el proyecto gubernamental establece un piso de rentas que no puede ser inferior a la renta mínima nacional, así como también un techo en las rentas que no puede superar el 70% del promedio salarial de las ultimas 24 boletas. Esto en concreto por ejemplo para los mineros significa una renta máxima (con 30 años de aportes, reiteramos) de 3000 b$ actualmente. Los que van a financiar el fondo solidario son los mismos trabajadores. El Estado aportará mediante la renta dignidad al fondo solidario y los patrones deberán pagar un 3%. El descuento para los trabajadores con familia, subirá hasta el 17,71%, para poder cubrir la renta del conyugue y el 0,5% mas para el fondo solidario. El gobierno intenta chantajear al movimiento obrero con la disyuntiva o este nuevo proyecto o las AFP’s de Sánchez de Losada. Los trabajadores debemos rechazar este chantaje. ¡Exigimos nueva ley de pensiones, universal, es decir para todos, solidaria y tripartita! La renta es salario social diferido ¡Qué los patrones y el estado patronal pongan la fracción mas importante para las rentas!
¿Quién administrara los fondos de pensiones?
Con este nuevo proyecto desaparecen las AFP’s, y surge una gestora estatal que administrara los fondos de los trabajadores. Esta gestora será formada por 5 directores, los cuales deberán ser propuestos por la asamblea plurinacional pero nombrados por el presidente de la república. El actual proyecto copia los mismos vicios que tenia el código de seguridad social, cuya administración estaba a cargo de una representación tripartita y que servía como mecanismo de cooptación y corrupción de los dirigentes obreros, pero no copia sus virtudes, como era la jubilación luego de 15 años de aportes, así como la obligación patronal y estatal de aportar a la jubilación.
Los trabajadores debemos rechazar esta modalidad. El salario de los trabajadores es de los trabajadores, ¡por una administración obrera directa y de los rentistas de los fondos de pensión! Fuera las manos de los funcionarios del salario obrero!
¿Es sostenible el sistema propuesto por el gobierno?
Varios analistas han especulado que este proyecto pretende la condonación de las deudas del estado (un 65% de los montos que deben devolverse al 8% anual), y que pone en duda la sostenibilidad debido esencialmente a la crisis económica internacional. En el proyecto de ley de pensiones que deben formular los trabajadores hay que incluir demandas tales como impuestos progresivos a las grandes fortunas para financiar la renta. Solo con medidas que afecten las ganancias capitalistas los trabajadores podremos contar con la seguridad de las sostenibilidad de un nuevo sistema de reparto.